.1.
validar que la información presentada por los agentes económicos se apega a lo requerido por la ley federal de competencia económica y otras disposiciones reglamentarias, a fin de que ésta sea suficiente para que la dirección general y el pleno realice el análisis correspondiente o, en su caso, elaborar los requerimientos de información correspondiente, obtener la firma de los mismos y notificar en tiempo a los agentes económicos o sus representantes legales o comunes.
2.
contribuir en el análisis de los aspectos jurídicos y económicos de los procedimientos de opinión en el otorgamiento de licencias, concesiones, permisos, cesiones, venta de acciones de empresas concesionarias o permisionarias u otras cuestiones análogas en los sectores regulados, para elaborar acuerdos de trámite y dictámenes debidamente sustentados que cumplan con el propósito de proteger el proceso de competencia y libre concurrencia y que contribuyan en la toma de decisiones del pleno de la comisión, vigilando se dé cabal cumplimiento a los procedimientos establecidos por ley.
3.
contribuir en el análisis de las concentraciones, así como de las opiniones y operaciones relacionadas con el otorgamiento de licencias, concesiones, permisos y análogos y los dictámenes de las mismas, los cuales se someten a consideración del pleno, a fin de evitar que se realicen concentraciones o se obtengan activos o derechos que conlleven riesgos al proceso de competencia.
4.
desarrollar propuestas sobre los criterios y lineamientos en materia de licitaciones y adjudicaciones de sectores regulados para proponer los elementos jurídicos y económicos necesarios para atender los requerimientos de información o colaboración de la dirección general de asuntos jurídicos y de la dirección general de asuntos contenciosos, incluyendo los procedimientos de impugnación respecto de expedientes a cargo del área.
5.
coparticipar en la elaboración de guías, lineamientos y criterios que contribuyan al análisis económico de las concentraciones notificadas por los agentes económicos y de los procedimientos relacionados con sectores regulados, a fin de garantizar la atención oportuna de los asuntos que se tramitan ante la dirección general de concentraciones.
6.
colaborar en la elaboración de notas de seguimiento de concentraciones autorizadas con condicionamientos por el pleno de la comisión, para su entrega a la secretaría técnica y en su caso revisión por parte del pleno.
7.
coparticipar en la elaboración de las resoluciones que se envían al pleno, así como de los oficios de respuesta a las consultas y solicitudes varias, y supervisar que estas sean notificadas en tiempo y forma a los agentes económicos, a fin de evitar que se autoricen por afirmativa ficta concentraciones que conlleven riesgos al proceso de competencia.
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